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DERECHOS DE SUCESIONES

DEDERECHO DE SUCESIONES

Desde el punto de vista etimológico sucesión proviene del latín succedere, es decir, la acción de entrar de una persona o cosa en lugar o en el puesto de otra. 


Derecho Sucesorio
Concepto de Derecho Sucesorio:
¨Es el conjunto de las disposiciones del derecho positivo relativas a la sucesión “mortis causa”.

¨De lo anterior se desprende que el derecho sucesorio, es el conjunto de normas jurídicas que regulan la transmisión de los bienes, derechos, cargas y obligaciones que no se extinguen con la muerte del autor de la sucesión a sus herederos o sucesores.

Fundamento del Derecho Sucesorio
¨Esta materia del Derecho Civil encuentra su justificación en la, característica de perpetuidad del derecho de propiedad ya que a la muerte de una persona el derecho se haya en la disyuntiva de disponer lo conducente al patrimonio del muerto, a fin de que dicho patrimonio privado no quede desprovisto.

¨Para ellos es de vital importancia saber que destino debe dársele al faltar su titular, a sus derechos reales, de crédito, obligaciones, etc. 

¨Tres son las posibilidades teóricas:
a)Reconocer    que     los   bienes   ya  no  tienen propietario y,  por  lo   tanto   son    “res nullius” abiertos a cualquiera que pueda apoderarse de ellos.
b)Declarados bienes del Estado y;
c)Conceder al titular la posibilidad de disponer de sus bienes después de la muerte, prolongando su voluntad más allá de su propia existencia.


RES NULLIUS
¨Res nullius es una expresión latina, que significa "cosa de nadie", utilizada para designar las cosas que no han pertenecido a persona alguna, o sea, lo que no ha sido propiedad de ninguna persona.

¨La principal importancia de las res nullius es que pueden ser objeto de ocupación. A través de la misma, una persona puede adquirir su propiedad, simplemente apropiándose de la cosa, a través de su posesión y sin que tenga que mediar ningún plazo de tiempo (a diferencia de la usucapión).



EL DERECHO SUCESORIO Y SU BASE CONSTITUCIONAL
Transmisión de la Herencia.
Derecho a recibir herencia.
La Sucesión y la Persona.
La Sucesión y la Familia.
- Constitución Política: Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho:

  16- A la propiedad y a la herencia. 

La regulación constitucional conjunta de los derechos a la propiedad y a la herencia.
¨La constitución da reconocimiento a la doble dimensión de los derechos fundamentales: subjetiva y objetiva.

¨Ello implica que la protección de los derechos no se puede hacer desde una perspectiva meramente subjetiva al titular sino que es preciso tener en cuenta el interés del Estado en garantizarlo en condiciones de igualdad para todos y de conformidad con los limites que la constitución y la ley establecen.

¨El derecho de la herencia se manifiesta en que para su ejercicio no puede dejar de observarse el contenido del derecho a la propiedad del que es consustancial.
¨Por ello la voluntad del causante se debe cumplir de forma absoluta.

¨La propiedad es función social, es decir que ella no solo concede derechos sino que impone también obligaciones. 


SUCESIÓN: 
¨Se conoce como sucesión, la sustitución de una persona en la posición que otra ocupaba en una determinada situación o relación jurídica.
¨El concepto originario de sucesión correspondía en estricto a la transmisión universal de un patrimonio.

¨Articulo 660º Código Civil: Desde el momento de la muerte de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se transmiten a sus sucesores.
¨OBJETO DE LA SUCESIÓN:
  El objeto principal es regular las normas de la sucesión mortis causa. Al decir formas nos referimos solamente a la legal y a la testamentaria, si no a todo aquello que concierne el destino de las titularidades y relaciones patrimoniales activas y pasivas de una persona después de la muerte. 
- ELEMENTOS  DE LA SUCESIÓN:
  Los elementos que intervienen en la sucesión son el Causante, los Sucesores y la Herencia.
  El Causante: es el actor de la sucesión, quien la causa, quien la origina, se denomina también el de cujus que significa aquel de cuya sucesión se trata. 

¨Los Sucesores, son los causahabientes, o sea personas llamadas  a recibir la herencia que pueden ser herederos o legatarios.
¨

¨La Herencia, está constituida por el patrimonio  dejado por el causante entendiéndose este como activo y pasivo el cual es titular al momento de su fallecimiento, se denomina también Masa Hereditaria.

























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